Principios ADF
Autores de Fotografía Cinematográfica Argentina (ADF)
Son nuestros propósitos:
a) Promover y jerarquizar la profesión y el trabajo de los autores de fotografía cinematográfica en todo el país y en el exterior;
b) Defender los derechos intelectuales de sus socios miembros, y llevar a cabo la percepción, administración y distribución de aquellos cuando correspondiere;
c) Defender los intereses morales y patrimoniales de sus miembros asociados vinculados a su carácter de autores de fotografía cinematográfica;
d) Promover y llevar a cabo acciones y actividades relativas al desarrollo de la imagen multimedia y de la cultura audiovisual en los planos artístico, técnico y cultural;
e) Representar a sus socios ante las autoridades nacionales, provinciales y municipales, y ante los Tribunales de todas las instancias en lo referente a todo aquello que afecte los intereses de los socios;
f) Representar a sus socios ante las autoridades y Tribunales de todas las instancias a fin de interponer acción expedita y rápida de amparo contra los actos descriptos en el art. 43 y ccs. de la Constitución Nacional, en defensa del patrimonio cultural del País, y de acuerdo a lo allí estipulado.
Artículo 3.- Para la consecución del objeto enunciado en el art. 2, la Asociación podrá:
a) Promover y ejecutar toda medida que redunde en beneficio del desarrollo y progreso profesional de sus socios y/o en defensa de todos los intereses profesionales involucrados;
b) Prestar a sus asociados todo tipo de servicios, de acuerdo a lo que establezcan sus órganos directivos;
c) Prestar a sus asociados asesoramiento e información, sin fines de lucro, sobre disposiciones legales y administrativas inherentes al ejercicio profesional de la fotografía cinematográfica;
d) Difundir la imagen profesional del autor de fotografía cinematográfica, ya sea a través de publicaciones, conferencias, foros y otros medios;
e) Mantener relaciones de intercambio y cooperación con instituciones y organismos, nacionales e internacionales, que persigan objetivos similares a los de la Asociación;
f) Solicitar subvenciones y subsidios a organismos e instituciones públicas o privadas, a efectos de financiar la realización de actividades que tengan que ver con su objeto social;
g) Realizar actividades de promoción y fomento artístico y cultural sin fines de lucro.
La enumeración precedente es puramente ejemplificativa, no es taxativa, quedando la Asociación facultada para llevar a cabo cualquier actividad o proyecto relacionado directa o indirectamente con el objeto social, de conformidad a los presentes estatutos.






